lunes, 4 de marzo de 2013




BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA CREACIÓN

DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE DIPLOMADO/AS EN RELACIONES LABORALES

MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS.





PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.



Teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado dos del artículo 23 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2.013, se establece como necesidad prioritaria, urgente e inaplazable continuar con el servicio de asesoramiento técnico en el Centro de la Mujer de este M.I. Ayuntamiento por afectar directamente a la tramitación de los expedientes y asesoramiento laboral de los interesados, así como el desempeño de las tareas burocráticas necesarias ante la baja por maternidad de su titular.



Por lo anterior, es objeto de la presente Convocatoria crear una bolsa de trabajo específica para la contratación en régimen laboral de interinidad con el fin de cubrir temporalmente el puesto de Técnico Asesor de Empleo durante el periodo que no excederá, en ningún caso, del correspondiente al permiso por maternidad.



SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.



Para tomar parte en las pruebas selectivas será imprescindible reunir los siguientes requisitos:



-Ser español/a, nacional de un país miembro de la Unión Europea o extranjero/a residente legal en España con permiso de trabajo.



-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.



-Tener cumplidos los dieciséis años de edad en la fecha de finalización del plazo y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.



-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.



-Estar en posesión de la Titulación de Diplomado en Relaciones Laborales, Empresariales o afines, o su equivalente en Grado, y en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso deberá estar debidamente homologado.



-No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad prevista en la Ley 53/84, de 26 de Diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas



TERCERA.- INSTANCIAS.



1.- Las instancias solicitando tomar parte en la referida convocatoria, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento hasta las 14:00 horas del día 20 de marzo de 2.013.



2.- El plazo será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación o exposición al público de la convocatoria, si el último día fuera inhábil se pasará al siguiente día hábil.



3.- Con la instancia se acompañarán los siguientes documentos acreditativos de los méritos a que hace referencia la Base Sexta:



Obligatorios: - Fotocopia del DNI.





- Fotocopia de la titulación requerida.



Optativos: - En su caso, fotocopia de cualquier documento que acredite la formación para la valoración de los méritos. - En su caso, informe de vida laboral para la valoración de la experiencia laboral junto con fotocopias de los contratos o nombramientos para calificar los servicios prestados relacionados con el puesto a cubrir.



CUARTA.- 1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución en el plazo máximo de cinco días naturales declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento se indicará la causa de la exclusión y se concederá un plazo de diez días para subsanación de defectos, en su caso. De no haber excluidos, la lista provisional devendrá en definitiva.



2.- En la misma resolución el Sr. Alcalde-Presidente determinará el lugar y fecha de la constitución del Tribunal calificador y su composición.



QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.



El Tribunal calificador quedará constituido por:



Presidente: - Un empleado público de este Ayuntamiento. Secretario: - El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Vocales: - Tres funcionarios de este Ayuntamiento.



El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin asistencia de más de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y sus decisiones tendrán que ser adoptadas por mayoría simple, decidiendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente.



El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base, exclusivamente, a las cuales colaborarán con el órgano de selección.



La abstención y/o recusación de los miembros del Tribunal se ha de ajustar a lo previsto por los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre



SEXTA.- El Tribunal seleccionará a los aspirantes con sujeción a estas bases teniendo en cuenta los siguientes criterios:





Máster universitario en violencia de género 1,50 puntos

Máster universitario en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 1,50 puntos

Especialista universitario en violencia de género 1 punto

Especialista universitario igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 1 punto

Experto universitario en violencia de género 0, 50 puntos

Experto universitario en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 0, 50 puntos

Curso de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. (A partir de 60 horas) 0, 25 puntos

Cursos de violencia de género. (A partir de 60 horas) 0, 25 puntos

Cursos de creación de empresas. (A partir de 60 horas) 0, 25 puntos

Cursos de orientación y búsqueda de empleo. (A partir de 60 horas) 0, 25 puntos

FORMACIÓN (MAX. 5)





EXPERIENCIA* En puestos similares en cualquier Administración Pública 0,05 mes/com

(MAX. 5) En puestos similares en cualquier Empresa privada 0,10 mes/com



* La experiencia sólo se valorará en el caso de haber presentado informe de vida laboral, junto a los contratos u otros certificados que acrediten el puesto desempeñado por el trabajador similar al ofertado en las presentes bases.

Con facultad para resolver las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases, así mismo, en caso de empates o dudas surgidas de la documentación presentada, se procederá a la realización de una entrevista de carácter objetiva e imparcial, valorándose exclusivamente la capacidad y méritos de los aspirante/as.



SÉPTIMA.- Terminada la calificación el Tribunal publicará la puntuación y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente para que formule el nombramiento pertinente.



OCTAVA.- El aspirante seleccionado y propuesto para el nombramiento por orden de mayor puntuación presentará dentro del plazo de cinco días naturales, desde que se haga pública la lista de calificación, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte del procedimiento se exigen en la base segunda.



NOVENA.- Los aspirantes que no sean llamados para el nombramiento pasarán a formar parte de una bolsa de Trabajo a la que se podrá acudir para cubrir puestos similares. Dicha bolsa de empleo tendrá validez durante el año 2.013.



DÉCIMA.- Contra las presentes bases y convocatoria, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes desde su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en Ciudad Real en el plazo de dos meses.









Villanueva de los Infantes, a 16 de enero de 2.013.



EL ALCALDE-PRESIDENTE,



Fdo.: Gabino Marco Solera



























































A N U N C I O









Aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17 de enero de 2.013, las bases que regirán la convocatoria específica para la creación de una bolsa de trabajo de diplomado/as en relaciones laborales mediante concurso de méritos, se pone en conocimiento de todos aquellos interesados que las referidas Bases se encuentran en la Secretaría de este Ayuntamiento, pudiendo presentarse solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas dentro de los 20 días naturales siguientes a la exposición del presente anuncio, hasta las 14,00 horas en las Oficinas Generales de este Ayuntamiento.







Vva. de los Infantes, 28 de febrero de 2.013.



EL ALCALDE-PRESIDENTE,









Fdo.: Gabino Marco Solera.





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